lunes, 9 de enero de 2012

REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO

El Reglamento de Régimen Interno es el documento en que se reflejan las normas generales del funcionamiento del centro y se establecen las condiciones en relación entre los residentes y el centro.

Nuestro reglamento contiene los siguientes puntos:
- Datos del centro y su titularidad.
- Sistemas y condiciones de admisión y de baja.
- Catálogo de derechos y deberes del usuario.
- Sistema de recogida de sugerencias y canalización y resolución de quejas o reclamaciones.
- Sistema de participación de los usuarios en órganos de gestión.
- Normas de normalización, de funcionamiento interno y de convivencia.
- El régimen de entradas y salidas de residentes en los centros residenciales será libre,
fomentándose la integración de los usuarios en el entorno normal de la comunidad.
- La dirección del centro garantizará que se puedan realizar visitas a los residentes, si es
necesario durante las 24 horas del día. En función de las características y necesidades del
residente, se podrá recomendar al mismo y a sus familiares las horas más convenientes de visitas.

A continuación vamos a redactar los Deberes y Derechos del usuario dada a su especial importancia.

DERECHOS:
1. El centro dispone de un reglamento de derechos y deberes de los
residentes, aprobado por el órgano competente, que es dado a conocer
de modo claro e inteligible, tanto a todos los residentes, como al personal
del centro. A toda persona que ingrese se le entregará, en forma escrita,
la normativa sobre los aspectos particulares del centro y se le explicará
verbalmente para garantizar que la ha entendido.
2. Todos los residentes tienen derecho a mantener relaciones con sus
familiares y allegados, respetando las normas del centro. Los residentes y
familiares tienen derecho a ser informados de cualquier cambio que pueda
originarse en la dinámica de funcionamiento de la residencia.
3. Toda persona que ingrese en una residencia tendrá derecho a una
atención personalizada y un plan de cuidados individuales, respetándose
sus preferencias y su capacidad de decisión. En centros con residentes en
situación de dependencia se dispone de una figura de referencia para
cada residente (adicional al director), que vele por sus derechos.
4. Todos los residentes tienen derecho a una atención sin discriminación por
razón de edad, sexo, raza, religión, ideología o cualquier otra
circunstancia personal o social, tienen derecho al máximo respeto de su
persona y a recibir un trato correcto por parte del personal y otros
residentes.
5. Todos los trabajadores del centro están sometidos al secreto profesional y
confidencialidad de los datos personales, historia de valoración,
seguimiento y expediente del usuario, así como toda la información a la
que tengan acceso en el desarrollo de su labor profesional.
6. Todos los residentes tienen derecho a recibir una información clara y
completa sobre su trayectoria en el centro, sobre las condiciones y
normativas del centro y toda la información que el individuo considere
relevante.
7. Todos los residentes tienen derecho a la toma de decisiones acerca de
todo lo concerniente a su vida e, incluso, en los momentos próximos a la
muerte (siempre que no se transgredan los derechos de otros o los
principios profesionales). Todos los residentes tienen derecho a una
muerte digna.
8. Todos los residentes tienen derecho a estar informados de manera
completa y a decidir su incorporación en estudios o investigaciones
clínicas, sabiendo que pueden negarse a ello sin que esto represente ninguna clase de discriminación por parte del personal del centro o la entidad.
9. Todos los residentes tienen derecho a conocer a los profesionales del
Centro y derecho a conocer quién es la persona o personas a las que
puede dirigir sus preguntas o solicitar informaciones sobre cuestiones
relacionadas con el centro, su organización, su estancia en el, y a ser
recibido en horarios convenientes para ambas partes.
10. Todos los residentes tienen derecho a la información y a la participación
democrática, en los términos establecidos en las leyes y normativas al
respecto.

DEBERES:
1. Colaborar al máximo en el cumplimiento de las normas internas del centro.
Respetar las condiciones de admisión, estancia y salida del centro,
recogidas en la reglamentación o contrato.
2. Debe colaborar en la vida cotidiana del Centro, en su autocuidado (según
sus capacidades) y en llevar una vida activa.
3. Tratar con el máximo respeto al personal del centro y a los otros
residentes. Todo residente tiene el deber de respetar la intimidad, el
reposo y la tranquilidad de los demás residentes.
4. Respetar y cuidar las instalaciones y equipos que utilice y colaborar para
su mantenimiento en buen estado.
5. Respetar a las personas que ejecutan los servicios y a los usuarios. Tratar con dignidad y respeto al personal de salud.
6. Pagar oportunamente las cotizaciones e impuestos y, en general, concurrir a la financiación del sistema.
7. Desarrollar un comportamiento correcto.
8. Facilitar la documentación necesaria para cumplimentar los documentos personales de obligada tenencia (historia social, ficha sociosanitaria...) .
9. Guardar las normas de higiene y aseo, tanto en la persona como en las dependencias del centro.
10. Acudir a las dependencias habilitadas al efecto como comedor, salvo que por prescripción facultativa sea necesario efectuarlo en la habitación.

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